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Seguridad alimentaria y compras estatales

Por Laureano del Castillo, director ejecutivo del Cepes.

Publicado: 2021-10-29

El 16 de octubre se publicó el Decreto Supremo N° 164-2021-PCM, por el que se aprobó la Política General de Gobierno para el periodo 2021- 2026. Dicho documento desarrolla los diez ejes sobre los cuales se conducirán las políticas específicas y planes del país durante los próximos cinco años.

El primero de dichos ejes es la generación de bienestar y protección social con seguridad alimentaria, el mismo que considera siete temas o aspectos, uno de ellos “Promover la seguridad alimentaria para combatir el hambre y la desnutrición” (1.6). Ese tema contempla dos líneas de intervención:

1.6.1 Impulsar los programas de compras estatales con énfasis en la producción agrícola, ganadera e hidrobiológica nacional para combatir el hambre y la desnutrición.

1.6.2 Promover mecanismos de apoyo a las organizaciones sociales de ollas comunes y comedores populares para combatir el hambre en las zonas rurales y urbanas.

La promoción de la seguridad alimentaria para combatir el hambre y la desnutrición refleja el interés del Poder Ejecutivo por poner en práctica mecanismos efectivos demandados por años por los agricultores para facilitar la comercialización de sus productos.

En muchos países se viene impulsando circuitos cortos de comercialización, para acercar a los productores con los consumidores, entregando productos frescos y sanos, pero también evitando la excesiva intermediación de comerciantes y las mermas, así como el gasto en combustibles y otros costos. La existencia de una ley de promoción del desarrollo de mercados de productores, vigente desde 2011, no tuvo mayor trascendencia por falta de voluntad de los gobiernos anteriores, pero también de las municipalidades, que tienen un rol importante en su implementación.

En cuanto a las compras estatales recordemos que se cuenta con una ley de compras estatales de productos de la agricultura familiar, N° 31071, reglamentada en junio de este año. Esa nueva ley y su reglamento establecen un mínimo de 30% de las adquisiciones que realicen los programas, ministerios y otros, provenientes de la agricultura familiar. Lejos de facilitar las cosas para los agricultores y agricultoras familiares, el reglamento plantea complejos mecanismos para que ellos puedan acceder a este mecanismo y aún más, ha establecido la gradualidad de la meta del 30%.


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